Los equipos finalistas para esta ronda son:
C. S. Familia Salas (Campeón Sede El Porvenir-Llata).
C. D. Ahuaj de Pampas del Carmen (Campeón Sede Llata).
C. S. D. Sol Naciente (Campeón Cachicoto-Monzón).
C. D. Marañón de Quiprán (Campeón Chavin de Pariarca).
C. S. Familia Salas (Campeón Sede El Porvenir-Llata).
C. D. Ahuaj de Pampas del Carmen (Campeón Sede Llata).
C. S. D. Sol Naciente (Campeón Cachicoto-Monzón).
C. D. Marañón de Quiprán (Campeón Chavin de Pariarca).
De estos encuentros saldrán dos equipos que representarán a la provincia de Huamalíes en la etapa regional.
PRIMER TIEMPO SALAS VA GANANDO POR 01 A 0 AL SOL NACIENTE DE CACHICOTO.
ResponderEliminarTERMINO DEL PARTIDO.
ResponderEliminarNACIENTE DE CACHICOTO 4
FAMILIA SALAS 0
¡¡QUE TAL HUMILLACIÓN!!, ¡¡QUE VERGUENZA!! AHORA QUE DEBE DECIR EL YERNO DE PEDRO SALAS, DUEÑO DE ESTE BLOG...
TOTALMENTE DE ACUERDO CON ESTE POST. TENEMOS ENTENDIDO QUE LA SOBRINISIMA CARMEN ALVARADO SACA Y PONE GENTE DE ACUERDO A SU SIMPATÍA, ES DECIR SI LES CAE O NO. PREGUNTENLE SOBRE LA EMPRESA QUE REALIZA LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE TODAS LAS UNIDADES DE TRABNSPORTES DEL SECTOR SALUD DE HUAMALIES. ES NADA MAS Y NADA MENOS QUE LA EMPRESA QUE HA CREADO SU HERMANO GREGORIO ALVARADO HERRADA. REVISEN ANALICEN, NO ES POSIBLE QUE SE ESTÉN ENRIQUECIENDO DE MANERA ILÍCITA, Y SEAN TAN SINVERGÜENZAS DE HACERLO A VISTA Y PACIENCIA DE TODOS LOS LLATINOS. TODO ESTO ASUMO AVALADO POR LA NADINE DE LA REGIÓN HUANUCO SU QUERIDA TIA YELCY ALVARADO. NO SOLO ESO, AVERIGUEN E INVESTIGUEN SOBRE LOS HERMANÍSIMOS DE LA CONSEJERA REGIONAL CUALES SON SUS PUESTOS DE TRABAJO ACTUAL. HAGANLO SRES.
ResponderEliminarESO NO ES NADA AVERIGUEN QUIENES GOBIERNAN LA RED DE SALUD HUAMALIES NADA MAS Y NADA MENBOS QUE LA SRTA CARMEN Y SU MARIDO EL CHATO HENRY ALIAS "MUCHACHILLO", ESTE ÚLTIMO TIENE A TODOS SUS PRIMOS TRABAJANDO EN PUESTOS CLAVES DE LA RED COMO ES LOGISTICA, TESORERIA, MESA DE PARTES, PLANILLAS, Y A LOS QUE DICEN ALGO AL RESPECTO LOS DESPIDEN SIN DECRILES NADA, Y TE DICEN SI QUIERES QUEJATE QUE YO TENGO A MI TIA YELSI. EN LA POLLERIA EL "COGOLLO" SE HACEN TODAS LAS TRANSACCIONES. HASTA DONDE VAMOS A LLEGAR CONTRA ELLOS DEBERIA SER LA HUELGA.
ING. RUBÉN ALVA OCHOA Y SEÑORES CONSEJEROS DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO. EL NEPOTISMO SE ENCUENTRA REGULADO EN NUESTRO PAÍS, POR LEY Nº 26771 DE 14.ABRIL.2001, LA MISMA QUE FUE REGLAMENTADA POR EL D.S. Nº 021-2000-PCM DE 27.JUL.2000, MODIFICADO POR D.S. Nº 017-2002-PCM.
LOS ACTOS PROHIBIDOS POR LA LEY 26771 SON LOS SIGUIENTES:
A) LA PROHIBICIÓN DE EJERCER LA FACULTAD DE NOMBRAR, CONTRATAR, INTERVENIR EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL, DESIGNAR CARGOS DE CONFIANZA O EN ACTIVIDADES AD HONORES O NOMBRAR MIEMBROS DE ÓRGANOS COLEGIADOS.
B) LA PROHIBICIÓN DE EJERCER INJERENCIA DIRECTA O INDIRECTA EN LA CONTRATACIÓN, PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL.
PARA EL CASO DE DETERMINAR LA INJERENCIA DIRECTA: EL ARTÍCULO 2º DEL REGLAMENTO DE LA LEY 26771, SEÑALA QUE EXISTE INJERENCIA DIRECTA CUANDO PRESIDENTE REGIONAL GUARDA EL PARENTESCO INDICADO CON LA PERSONA QUE VA A SER CONTRATADA O NOMBRADA, TIENE UN CARGO SUPERIOR A AQUÉL QUE TIENE LA FACULTAD PARA CONTRATAR O NOMBRAR PERSONAL, AL INTERIOR DE SU ENTIDAD.
INJERENCIA INDIRECTA, ES AQUELLA EJERCIDA POR UN FUNCIONARIO DE DIRECCIÓN Y/O CONFIANZA QUE SIN FORMAR PARTE DE LA ENTIDAD EN LA QUE SE REALIZÓ LA CONTRATACIÓN O EL NOMBRAMIENTO TIENEN, POR RAZÓN DE SUS FUNCIONES, ALGUNA INJERENCIA EN QUIENES TOMAN O ADOPTAN LA DECISIÓN DE CONTRATAR O NOMBRAR EN LA ENTIDAD CORRESPONDIENTE.
CONFORME A LAS NORMAS QUE REGULAN EL NEPOTISMO LOS PARIENTES SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS DE SER CONTRATADOS, NOMBRADOS O INCORPORADOS A LA ADMINISTRACIÓN, ESTO INCLUYE EN EL PRIMERO DE LOS CASOS A LOS PARIENTES CON QUIENES SE TIENE LAZOS DE SANGRE INCLUYÉNDOSE A LOS SIGUIENTES:
PARIENTES CONSANGUÍNEOS DE PRIMER GRADO: LOS PADRES Y LOS HIJOS.
PARIENTES CONSANGUÍNEOS DE SEGUNDO GRADO: LOS ABUELOS, LOS NIETOS Y LOS HERMANOS
PARIENTES CONSANGUÍNEOS DE TERCER GRADO: BISABUELOS, BISNIETOS Y TÍOS
PARIENTES CONSANGUÍNEOS DE CUARTO GRADO: TATARABUELOS, TATARANIETOS, Y PRIMOS HERMANOS
EL PARENTESCO POR AFINIDAD ES AQUEL QUE SE PRODUCE POR RAZÓN DEL MATRIMONIO, Y LA PROHIBICIÓN RESPECTO AL NEPOTISMO ALCANZA HASTA EL SEGUNDO GRADO DE AFINIDAD, ENTRE LOS QUE SE ENCUENTRAN:
PARIENTES POR AFINIDAD EN PRIMER GRADO: LOS SUEGROS
PARIENTES POR AFINIDAD EN SEGUNDO GRADO: LOS CUÑADOS, Y LOS ABUELOS DEL CÓNYUGE.
QUEDARÍA DETERMINADA QUE PROCEDE LA VACANCIA DE RUBÉN ALVA OCHOA Y DE LOS CONSEJEROS DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO. VACANCIA POR NEPOTISMO EN EL CASO DE LOS PARIENTES Y ADEMÁS DE LA AFINIDAD POR MATRIMONIO, DEBIENDO PROBARSE LA CAUSAL ANTE EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES CON LAS RESPECTIVAS PARTIDA DE NACIMIENTO QUE DETERMINEN EL TRONCO COMÚN DEL GOBERNADOR REGIONAL Y/O CONSEJERO